template-browser-not-supported

Departamento de Ingeniería Química y Tecnología del Medio Ambiente

Comisión de investigación

La Comisión de Investigación estará integrada por los siguientes miembros del Consejo de Departamento:

  1. El Director, que la presidirá
  2. El Subdirector y el Secretario, que podrán ejercer la presidencia en ausencia del Director
  3. El coordinador del Programa de Doctorado
  4. Un representante del profesorado por cada cinco profesores o fracción, elegidos dentro de cada área por sus respectivos miembros.
  5. El funcionario responsable de la gestión administrativa del Departamento.

Actuará como Secretario el del Departamento, salvo que presida, en cuyo caso lo hará el profesor de menor edad.

A las reuniones de esta Comisión asistirá, con voz y voto, el representante del PAS en el Consejo cuando se debatan cuestiones que afecten a sus competencias, a petición de la dirección o por solicitud del interesado.

A las reuniones de esta Comisión podrá asistir también, con voz y sin voto, cualquier profesor cuando se debatan cuestiones que afecten sustancialmente a sus líneas de investigación, a iniciativa de la presidencia o mediando solicitud de aquél aceptada por el órgano.

Funciones de la Comisión de Investigación

La Comisión de Investigación ejercerá por delegación expresa del Consejo las siguientes funciones:

  1. Establecer las líneas generales de la investigación del Departamento y tener conocimiento de todas las actividades de investigación en curso, con especial atención a los programas interuniversitarios nacionales e internacionales.
  2. Proponer el Programa de Doctorado del Departamento y desarrollar todas las funciones concernientes al eficaz desarrollo del mismo.
  3. Nombrar las comisiones que han de juzgar los trabajos de investigación.
  4. Admitir, si procede, los proyectos de Tesis Doctorales, verificar los trámites de presentación y proponer los Tribunales que han de juzgar las Tesis Doctorales, oído el Director de las mismas.
  5. Coordinar y dar conformidad, cuando proceda, a solicitudes de proyectos y contratos.
  6. Supervisar, cuando proceda, la información compilada sobre la labor investigadora del Departamento para la elaboración de la memoria de investigación de la Universidad.
  7. Potenciar la infraestructura de los elementos comunes de investigación del Departamento, y en caso necesario, elaborar una normativa para regular su utilización.
  8. Dictar normas generales relacionadas con asuntos económicos y patrimonio.
  9. Hacer propuestas de distribución de los espacios disponibles para investigación en las sedes del departamento.
  10. Manifestarse en todos aquellos asuntos relativos a la investigación, que fuesen sometidos a su consideración.