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Departamento de Ingeniería Química y Tecnología del Medio Ambiente

Comisión de docencia

La Comisión de Docencia estará formada por los siguientes miembros del consejo:

  1. El Director, que la presidirá
  2. El Subdirector y el Secretario, que podrán ejercer la presidencia en ausencia del Director
  3. Los Coordinadores de cada una de las Titulaciones en las que imparta docencia el Departamento.
  4. Un representante de los becarios y contratados de investigación, elegido por estos colectivos de entre sus integrantes que sean miembros del Consejo de Departamento.
  5. El funcionario responsable de la gestión administrativa del Departamento.
  6. Un representante de los alumnos elegido por éstos de entre quienes sean miembros del Consejo de Departamento.

Actuará como Secretario el del Departamento salvo que presida, en cuyo caso lo hará el profesor de menor edad.

La participación de los profesores en este órgano, incluyendo a los miembros de la dirección, deberá respetar con la mayor aproximación posible las proporciones que en cada momento existan entre las áreas de Ingeniería Química y Tecnología del Medio Ambiente.

Funciones de la Comisión de Docencia

La Comisión de Docencia ejercerá por delegación expresa del consejo del Departamento las siguientes funciones:

  1. Establecer las líneas generales de la política docente del Departamento y tener conocimiento de todas las actividades docentes regladas y no regladas en curso, con especial atención a los programas interuniversitarios nacionales e internacionales.
  2. Elaborar la propuesta de Plan Docente de cada curso académico, así como verificar su cumplimiento.
  3. Proponer, analizar y, en su caso, informar o avalar propuestas de cursos de Postgrado y de otras actividades docentes, y desarrollar todas las funciones concernientes al eficaz desarrollo de los mismos
  4. Controlar el contenido y desarrollo de los temarios y mantener la coordinación entre los docentes.
  5. Emitir los preceptivos informes de convalidación de asignaturas requeridos por las Comisiones de Convalidación de los Centros.
  6. Controlar, en coordinación con las comisiones de docencia de los distintos centros, el cumplimiento de los objetivos y directrices de las titulaciones en que imparta docencia el Departamento.
  7. Analizar los resultados de la evaluación del rendimiento académico, proponiendo y adoptando las medidas que se consideren oportunas, dentro de las competencias del Departamento.
  8. Definir las necesidades de contratación de profesorado, así como los perfiles de las plazas que salgan a concurso.
  9. Informar sobre el nombramiento de Profesores Visitantes y Eméritos y sobre las distintas situaciones del profesorado del Departamento con particular atención a contratos y seguros.
  10. Establecer los criterios para la concesión de Becas de Colaboración.
  11. Resolver los supuestos de impugnación o reclamación de los alumnos sobre el resultado de sus evaluaciones.
  12. En el ámbito de sus competencias, dictar normas generales de orden interno del Departamento y resolver incidencias académicas.

Por delegación del Consejo de Departamento, la Comisión de Docencia estudiará al comienzo de cada curso las deficiencias en el funcionamiento interno del Departamento. Para corregirlas adoptará los acuerdos que crea oportunos y propondrá al Consejo la distribución de funciones específicas.